Notas

Gestión de pymes – El protocolo familiar

28/01/2021

Un abogado con experiencia en gestión de pymes puede asesorar a la empresa familiar y guiarla en la confección de un protocolo familiar.

Un protocolo familiar, en términos sencillos, funciona como una hoja de ruta para la empresa familiar. Le permite llevar sus deseos empresariales a buen puerto y asegurar la continuidad de la empresa a pesar de los avatares del destino. Si no se realiza correctamente, sin embargo, puede llegar a reducirse a una mera expresión de deseos.

Las empresas familiares son un capítulo aparte en lo que a pymes respecta. Suelen presentar desafíos únicos dada su composición, en la que dos o más miembros están emparentados. En este tipo de empresas entran en juego distintos factores que pueden influir negativamente en la dinámica empresarial. Como explicamos en nuestro artículo Asesoramiento jurídico y el rol del abogado en la estructura empresarial, un abogado con experiencia en pymes (y, en especial, en empresas familiares), será de gran ayuda a la hora de sortear cualquier dificultad que pudiese surgir. Además de su experiencia y su conocimiento, el asesor jurídico cuenta con una herramienta legal muy útil llamada protocolo familiar.

¿Qué es el protocolo familiar?

Un protocolo familiar, en términos sencillos, funciona como una hoja de ruta para la empresa familiar. Le permite llevar sus deseos empresariales a buen puerto y asegurar la continuidad de la empresa a pesar de los avatares del destino. Si no se realiza correctamente, sin embargo, puede llegar a reducirse a una mera expresión de deseos.

El protocolo familiar es un documento escrito que debe realizarse con el asesoramiento de un abogado con experiencia en gestión de pymes. El primer paso antes de redactarlo formalmente es abrir una línea de diálogo fluida y honesta entre los miembros de la empresa familiar. ¿Por qué? El motivo es que en el protocolo familiar no sólo se detallan cuestiones formales relacionadas con la empresa (como información acerca de la constitución, venta, funcionamiento o disolución de la sociedad o empresa), sino que también se mencionan cuestiones familiares y personales que hacen a la particularidad de cada empresa familiar.

El abogado guiará a los familiares en la constitución del protocolo: los asesorará antes, durante y luego de su confección.


El protocolo familiar en el Código Civil y Comercial

En 2015 entró en vigencia en nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, Ley 26994. Allí, en los artículos 1442 a 1447, se establecen disposiciones sobre los “contratos asociativos”. El protocolo familiar entra dentro de esta categoría, como contrato de organización. Este tipo de contratos es un acercamiento colaborativo entre distintas partes que persiguen un fin común. Cabe destacar que no constituyen una sociedad en sí mismos y no están sujetos a las normas societarias.

En estos artículos también se expresa que estos contratos colaborativos, participativos y/o organizativos, “no están sujetos a requisitos de forma” (art. 1444) y “además de poder optar por los tipos que se regulan en las Secciones siguientes de este Capítulo, las partes tienen libertad para configurar estos contratos con otros contenidos” (art. 1446). Se desprende de estos artículos que hay libertad de acción en lo que a la creación de un protocolo familiar respecta.

Insistimos en la importancia de incorporar un abogado con experiencia a la estructura empresarial de cualquier pyme, en especial una pyme familiar. Si, además, se elabora un protocolo familiar a conciencia, se podrá evitar problemas legales e interpersonales entre los integrantes de la empresa.

En Pellegrino y Portela tenemos amplia experiencia en la elaboración de protocolos familiares y gestión de pymes. No dudes en contactarnos.